Servicios de ayuda a domicilio

¿Quién paga a las internas? Un puntapié a las personas dependientes

foto entrada (1)

Cuando se habla de Personas Dependientes, no hay que pensar en los jubilados que vemos por la calle que, ayudados por un bastón, pasean lentamente por el barrio o se sientan dificultosamente en los bancos públicos, sino que debemos visualizar a todas aquellas personas que no podemos ver precisamente porque no pueden salir a la calle y que, en muchos casos, estarán postradas en sus camas esperando a que les hagan el siguiente cambio postural.

Nos guste o no, nuestra dependencia de los demás irá aumentando con el paso de los años, y cuanta más dependencia tengamos, más horas de dedicación necesitaremos.

Con la normativa laboral vigente únicamente en el Régimen Especial de Empleados de Hogar se puede contratar a alguien más de 40 horas a la semana (8 horas/día) para que desempeñe las funciones de cuidador en nuestro domicilio, y esta relación laboral especial está regulada por el Real Decreto 1620/2011, de 14 de noviembre, basado en su precedente, el Real Decreto 1424/1985, de 1 de agosto.

Si bien en el RD 1620 ya se hace mención a las personas dependientes, según el Artículo 2.1.a quedaría descartada de dicha relación la intervención de una persona jurídica o empresa, debido a lo cual subyace, en el conjunto de empresas dedicadas a la prestación de servicios, el miedo a intervenir en cuestiones tan inherentes como la tramitación del pago de salarios.

Nos encontramos, pues, en un callejón sin salida:

  • Una persona altamente dependiente necesita una interna, o más de 8 horas diarias, y ello sólo es posible en el Régimen Especial del Hogar.
  • El pago del salario en el Régimen Especial debería ser directo entre empleador y trabajador.
  • Una persona altamente dependiente no puede desplazarse al banco ni cumplimentar un cheque bancario.
  • La trabajadora necesita cobrar a fin de mes.

¿Quién paga a la cuidadora? Nadie puede. N A D I E.

El número de personas dependientes solas, sin hijos o familiares cercanos que les puedan ayudar, va en aumento, y si no se clarifica que las empresas dedicadas a dar servicio a las personas dependientes puedan realizar dicha gestión, muchas personas altamente dependientes, cuando les llegue el momento, no podrán disponer de una cuidadora a su servicio por las horas que pudieran requerir, pues no encontrarán empresas que les faciliten el pago del salario de sus trabajadoras, y esto, con el tiempo que llevamos que se habla del problema del envejecimiento, demuestra una clara falta de acierto y sentido de la urgencia para con el colectivo de personas dependientes de este país por parte de la Administración del Estado.

AssisTeam Barcelona

Somos como cuidamos

Comparte el artículo

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Scroll al inicio
Ir arriba

Contacta con nosotros